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Según publica iusport.com

La FIFA podría sancionar al Atlético si opera una 'cesión puente'

  • VISTO EN LA RED
  • 07/06/2017 - 16:54

La FIFA podría abrir expediente a un club, como es el caso del Atlético de Madrid, si realiza una cesión puente en las condiciones en que se encuentra actualmente. De acuerdo con Iusport.com, la sanción de la FIFA no permite una adquisición de los derechos por parte del club y ceder al jugador de forma inmediata, como podría ocurrir en los casos de Vitolo Machín. El Sevilla, no obstante, no negociaría la salida del jugador internacional grancanario haciendo valer la cláusula de 40 millones de euros.

Iusport.com analiza el caso a través de unas declaraciones del prestigioso jurista Alberto Palomar, codirector de las jornadas sobre el marco jurídico del deporte que se celebran hasta el jueves en Madrid, que ha declarado en Radio Nacional que "el Atlético podría ser sancionado por la FIFA si esta considera que se han burlado sus normas para esquivar una sanción. En concreto, dice Palomar, estaríamos ante un quebrantamiento de sanción, un presunto ejercicio de derecho en fraude de ley".

Se refiere Iusport.com al "caso de Vitolo, si la UD Las Palmas aparece como comprador directo ante el Sevilla, y en enero lo transfiere al Atlético, la FIFA lo tendría más dificil para sancionar. Pero aún en ese caso es probable que la FIFA abra como mínimo un expediente informativo para determinar si hay indicios de fraude de ley y un posible quebrantamiento de la sanción. Para ello, pediría todos los documentos firmados entre los clubes implicados, con aportación de justificantes de las transacciones económicas realizadas.

Pero el asunto no es nada fácil para los clubes, ya que estamos hablando de una cuantiosa cantidad (40 millones es la cláusula de Vitolo) y una ficha elevada, la cual podría afectar al techo de gasto salarial que tienen aprobados los clubes.

Desde el punto de vista fiscal, si el pago de la cláusula de rescisión lo realiza un club por cuenta de un jugador, no habría problema: hay una consulta vinculante de la AET relativa al pago de una cláusula realizada por un club por cuenta de un jugador y se establece que no se grava al jugador. En cuanto al IVA, está exento, ya que tiene naturaleza indemnizatoria", añade la web jurídica.

"Pero si el pago lo hace el Atlético para que beneficie un tercero, Hacienda podría interpretar que no son aplicables esas exenciones y la FIFA estimar que se está burlando la sanción.  Y si los clubes terceros prevén que podrían ser también sancionados, como cooperadores necesarios, es previsible que huyan despavoridos.

Llegados a este punto, si la operación resulta gravosa fiscalmente y/o complica el techo de gasto fijado por LaLiga, es muy posible que las negociaciones encallen y las operaciones se frustren", añade

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