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El candidato Navarro pide la disolución de la Asamblea General de la FIFLP

Envía un requerimiento, que comunica a la DGC, recordando que la fecha de su extinción fue el 21 de marzo de 2018

  • ACTUALIDAD
  • 28/05/2018 - 18:57
El candidato Navarro pide la disolución de la Asamblea General de la FIFLP José Ramón Navarro, con parte de su plancha electoral para la Federación Interinsular de Fútbol de Las Palmas (C. Torres)

B.P.

El proceso para la convocatoria de las elecciones a la Federación Interinsular de Fútbol de Las Palmas cobra una nueva dimensión. Este lunes, el candidato José Ramón Navarro ha realizado un requerimiento a la propia FIFLP para que disuelva la Asamblea General porque "ha expirado los cuatro años de mandato" de la actual legislatura. Señala que la fecha de esta extinción se produjo el pasado 21 de marzo de 2018. Navarro pone en conocimiento de la Dirección General de Deportes esta situación anómala.

Espera que en el plazo de un mes este solicitud sea estimada por los actuales rectores federativos en espera de que se active el proceso electoral que debe desembocar las actuaciones durante 2018.

En el escrito de requerimiento redactado por los asesores legales de Navarro se expone que "considerando que la actual Asamblea General de la FIFLP finalizó su periodo de cuatro años en fecha 21 de marzo de 2018, a este respecto debe aplicarse lo dispuesto en el Decreto 5/1992, de 23 de abril, por el que se regula la constitución y funcionamiento de las Federaciones Deportivas Canarias, que se dictó en desarrollo de la Ley Canaria del Deporte, y cuya lectura ilustra sobre la composición y funciones de la Asamblea General".

Asegura así que la norma "es diametralmente clara: la duración de su mandato es de cuatro años, pasados los cuales se produce la expiración de dicho mandato".

Como consecuencia de ello "hasta que finalice el proceso electoral que ha de terminar con la elección de las personas y entidades que hayan de conformar ese mismo órgano en el siguiente periodo, no cabe que un órgano cuyo mandato ha expirado por imperativo legal pueda ejercer funciones que vayan más allá de las de representación de la Federación, quedando todas sus funciones de gobierno en suspenso a excepción de aquellas imprescindibles para el impulso del proceso electoral ... que provoque la apertura del siguiente periodo".

De no producirse ese relevo asambleario, las actuaciones de la Asamblea General de la FIFLP actual tendrían carácter de "un acto nulo de pleno derecho, de acuerdo con lo dictado en el artículo 47.1.e de la Ley 39/2014, 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas".

Tras los argumentos expuestos en el escrito, la candidatura de Navarro concreta su solicitud de la siguiente forma:

"Que tenga por presentado este escrito con sus copias y, en consideración, de haberse tomado ya alguna, declare la nulidad de cualquier decisión de gobierno relativa a las funciones descritas en el artículo (...) que se tomara en el seno de la Asamblea General de la FIFLF que continúa constituida a día de hoy". Y además, que "se abstenga de la toma de decisiones futuras distintas de aquellas cuyo objeto sea el impulso del proceso electoral o la representación de la FIFLP".