La UD Las recibe la más dura multa de Antiviolencia en lo que va de 2014. En las propuestas de sanción precedentes se reflejan la necesidad de las nuevas medidas que aplicará el club ... incluso hasta en el control de los bocadillos
B.P.
Un antes y un después. Los acontecimientos del 22J en el Estadio de Gran Canaria y las graves consecuencias en todas las dimensiones que han tenido para la UD Las Palmas, marcan un cambio radical en el acceso y disfrute en los acontecimientos futbolísticos que allí organice el representativo grancanario. Así lo ha anunciado Miguel Ángel Ramírez, presidente del club, apenas tres días después del caos vivido frente al Córdoba CF y que propiciaron las más duras sanciones a una entidad durante 2014 por la Comisión Nacional contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte.
Rara vez el nombre de la UD Las Palmas aparece en el parte de propuestas de la comisión permanente, que esta vez ha obrado con contundencia ante las que considera faltas graves en el desarrollo final de un encuentro que se escapó de las manos a todos los efectivos de seguridad desplegado para tal acontecimiento que, curiosamente, no fue declarado de ‘alto riesgo', según nos confirma el club, y como queda registrado en todas las valoraciones previas públicas.
Preparativos de un recurso
La UD Las Palmas, que en su comunicado de este lunes confirmó que tenía noticias de las propuestas de sanción a través de la publicación de prensa del Ministerio del Interior, se prepara para presentar un recurso frente al órgano competente mientras se obliga a analizar en el futuro cómo será el acceso de los aficionados al recinto de Siete Palmas porque "no se podrá entrar con botellas y bocadillos" dijo el presidente Ramírez. Los hechos, que a continuación descifraremos, le otorgan una potente carga de razón.
Como preámbulo añadiremos que las sanciones previstas por la ley del 12 de febrero de 2007 por la comisión de las faltas tipificadas serán de 150 a 3.000 euros por infracciones leves, de 3.001 a 60.000 por las graves y de 60.001 a 650.000 por las muy graves, aplicables a título individual incluso a los propios aficionados. La inhabilitación para acceder espectáculos deportivos puede ascender hasta un máximo de dos años por infracciones muy graves y dos meses las graves.
No se contempló la clausura del Estadio de Gran Canaria
Las sanciones propuestas a la UD Las Palmas en esta oportunidad no contemplan la clausura del terreno de juego, que podrían alcanzar hasta dos meses en hechos de consideración graves y un máximo de dos años para los muy graves.
Queda por conocer si las actuaciones que se llevan a cabo a posterioridad del encuentro implicará una nueva resolución de la Comisión permanente de Antiviolencia, habida cuenta que estaría en proceso la identificación de la totalidad de las personas que accedieron al terreno de juego ese domingo 22 de junio y que, en aquel instante, no fueron identificadas salvo en un caso. Corren el riesgo de sanción económica y temporal de un mes a medio año (leves), seis meses a dos años (graves), dos años a cinco años (muy graves).
Además, la sanción de prohibición de acceso al estadio -como está dispuesta a ejecutar la UD Las Palmas con las personas que habrían causado el escándalo de la pasada semana- conllevará la privación de la condición de abonado al menos durante el periodo estipulado para la cobertura de la sanción impuesta.
Los 180.000 euros de penalización impuesta al club, por exceso de aforo, lanzamiento de bengalas e invasiones al terreno de juego suponen el más duro castigo al menos en 2014.
Algunos ejemplos propuestos por Antiviolencia en la mitad de 2014
A modo de curiosidad (incidentes xenófobos al margen, como el del plátano de Villarreal), he aquí algunas de las sanciones propuestas por Antiviolencia en el transcurso de 2014, que cimentan esos cambios que se avecinan en un estadio que, además, se prepara para aproximar graderíos al terreno de juego:
Del 9 de enero
* Multa de 3.001 euros y prohibición de acceso a los recintos deportivos por un período de seis meses a un aficionado identificado quien, en el descanso del partido Valencia C.F., SAD - Gimnàstic de Tarragona, SAD, saltó la valla e invadió el terreno de juego, mientras hacía aspavientos, gritando y agitando una bandera de España de cara a la Grada donde estaban situados varios miembros de grupos radicales y violentos incitándoles a que bajaran con él al terreno de juego.
Del 20 de febrero
* Sanción de 4.000 euros al Villarreal C.F., SAD y expresa su más enérgica condena ante los hechos ocurridos en el Madrigal el pasado sábado 15 de febrero cuando, durante el partido Villarreal C.F., SAD - Real Club Celta de Vigo, SAD, un aficionado -todavía no identificado- lanzó un bote humo lacrimógeno al terreno de juego que produjo una densa nube de humo blanco en el estadio. Tal hecho, provocó la suspensión temporal del partido y la evacuación por motivos de seguridad de todos los espectadores que estaban en el interior del recinto deportivo.
A este respecto, la Comisión Antiviolencia quiere destacar, a su vez, la gran profesionalidad de todos los componentes del dispositivo de seguridad - coordinador-jefe de Seguridad de este partido, agentes de la Unidad de Intervención Policial (UIP) y del Grupo Operativo de Respuesta (GOR) del Cuerpo Nacional de Policía, de la Policía Local de Villarreal, agentes de seguridad privada, de Protección Civil y Emergencias, Bomberos y Servicios Sanitarios, cuya labor fue excelente e impecable durante el desalojo de los 13.222 espectadores presentes en el estadio que fue evacuado rápidamente en tan sólo 10 minutos y sin ningún incidente.
* 4.000 euros al Sevilla F.C. SAD por haber proporcionado una invitación para asistir al encuentro Sevilla F.C. - Levante U.D. a un miembro de un grupo radical y violento. Propuesto para sanción por hechos similares en otra ocasión anterior cuando este club de fútbol regaló invitaciones a varios miembros de un grupo radical y violento seguidores del Sevilla F.C. SAD.
• Multa de 6.000 euros y prohibición de acceso a los recintos deportivos por un período de dos años un aficionado quien, durante el partido Club Atlético de Madrid SAD - Real Madrid C.F. SAD, arrancó un asiento de la grada y lo lanzó alcanzando a un policía y a un aficionado que resultó herido y necesitó asistencia médica.
Del 27 de marzo
* Multa de 3.001 euros y prohibición de acceso a los recintos deportivos por un período de seis meses a un aficionado identificado quien, con motivo del partido Sevilla F.C., SAD - Real Betis Balompié, SAD, encendió una bengala, delante de una gran afluencia de público cuando se disponían a acceder al estadio por la puerta 25, provocando una avalancha y números tropiezos, además de una seria alteración de la seguridad ciudadana y el consiguiente riesgo para los aficionados allí presentes.
Del 25 de abril
* 60.001 euros y prohibición de acceso a los recintos deportivos por un período de cinco años a un aficionado - miembro de un grupo radical y violento del Club Atlético de Madrid- quien, durante el encuentro Getafe C.F. SAD - Club Atlético de Madrid SAD, fue identificado en el interior del estadio como la persona que tenía en vigor una sanción anterior por la que tenía prohibido el acceso a cualquier recinto deportivo por un periodo de dos años que estaba vigente desde el 26 de junio de 2012 hasta el 26 de junio de 2014.
* 3.001 euros a cada uno de las dos personas que, provistos con sendos petos de periodistas acreditados para cubrir el encuentro Real Jaén C.F. SAD - F.C. Barcelona "B", profirieron graves insultos hacia el árbitro quien, al final del partido pidió al coordinador de Seguridad que procediera a identificarlos.Tales hechos han quedado reflejados en el acta arbitral del partido.
Del 8 de mayo
* En el partido Valencia-Elche, propuesta de multa de 65.000 euros y prohibición de acceso a los recintos deportivos por un periodo de cinco años, al espectador visitante que, al ser identificado mientras profería insultos contra aficiones contrarias, se confirma que tiene en vigor una prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo.
* Multa de 3.500 euros al Atlético de Madrid, por deficiencias en las medidas de control de permanencia y desalojo de espectadores, al no impedir que dos aficionados invadieran el terreno de juego.
* Al Sevilla, en partido de Europa League, una multa de 3.500 euros y prohibición de acceso a los recintos deportivos por un periodo de doce meses, al espectador que intenta entrar en sector del estadio, ya completamente lleno de público, ofrecer resistencia y empuja al agente y a varias personas que caen rodando escaleras hacía abajo.
Del 16 de mayo
* 3.500 euros cada una a la U.D. Almería SAD, la primera por deficiencias en las medidas de control de acceso y permanencia de espectadores al permitir que en el partido U.D. Almería SAD - Real Betis Balompié SAD, se introdujeran y posteriormente durante la salida de los equipos al terreno de juego, se encendieran varias bengalas de humo verde en el interior del recinto deportivo. Y la segunda, por deficiencias en las medidas de control de permanencia y desalojo de espectadores, al no impedir que en el minuto 89 de partido, tras la consecución del tercer gol del equipo local, un grupo de aficionados invadieran el terreno de juego, por el fondo sur y por el fondo norte, con ánimo de celebración, sin causar ningún tipo de daño. Propuesto para sanción por hechos similares en una ocasión anterior por hechos similares.
* 3.001 euros al Real Oviedo por deficiencias en las medidas de control de permanencia y desalojo de espectadores, al no impedir que, en el partido Real Oviedo - Real Sporting de Gijón B, un seguidor del grupo radical y violento "Symmachiarii", saltara al campo y le tirara una botella a un jugador del equipo visitante, sin llegar a impactar en él. Se procedió a sacarle inmediatamente del terreno de juego.
• Multa de 3.001 euros al Club Polideportivo Cacereño SAD por deficiencias en las medidas de control de permanencia y desalojo de espectadores, al no impedir que, en el partido Club Polideportivo Cacereño SAD - Cádiz C.F. SAD y tras marcar el primer gol el equipo visitante, unos 100 aficionados invadieran el terreno de juego. A la finalización del encuentro unos 1.000 seguidores visitantes, vuelven a invadirlo.
Del 13 de junio
* Multa de 3.001 euros y prohibición de acceso a los recintos deportivos por un período de seis meses a un aficionado identificado quien, en el partido Córdoba C.F. SAD - R.C.D. Mallorca SAD, se le intervino varios petardos de distintas dimensiones que llevaba ocultos en el interior de dos bocadillos.
* Multa de 3.001 euros al C. D. Leganés SAD por deficiencias en las medidas de control de permanencia y desalojo de espectadores, al no impedir que un aficionado, a la finalización del encuentro C. D. Leganés SAD - Club Lleida Esportiu, irrumpiera de manera sorpresiva en el terreno de juego con la finalidad de provocar a la afición visitante.
Del 30 de junio
* Multa de 3.500 euros y prohibición de acceso a los recintos deportivos por un período de seis meses a un aficionado identificado quien, al finalizar el partido U.P. Langreo - Mérida U.D., invadió el terreno de juego, recogió una bengala que había sido lanzada al campo y la lanzó contra un grupo de aficionados visitantes que impactó contra un agente de la Policía.
* Multa de 3.001 euros al U.P. Langreo por deficiencias en las medidas de acceso y permanencia de espectadores al no impedir que, en el encuentro U.P. Langreo - Mérida U.D., fuera introducido numeroso material pirotécnico -entre cohetes, petardos y bengalas- que posteriormente ambas aficiones de lanzaron entre ellas en el interior del recinto deportivo.