La Segunda se queda con una jornada menos
07/02/2019

B.P./Iusport

 

Mala noticia para los perseguidores. La Liga de Segunda División ya se queda con una fecha menos en su calendario quedar fuera de competición el Reus.

 

La UD Las Palmas tendrá, en consecuencia, tres puntos más desde este jueves pero también el resto de los equipos que actúan en la competición.

 

De hecho, la Liga Profesional actualiza la clasificación de Segunda situando al Reus en último lugar y asignando 3 puntos a los equipos a medida que deben enfrentarse al club catalán en la segunda vuelta. Habrá tres puestos de descenso aún por definir.


Los tres puntos a los equipos que debieron enfrentarse al Reus (UD Las Palmas, Albacete y Elche) ya están asignados y en las próximas semanas seguirá actualizándola en el mismo sentido con los siguientes rivales del Reus. El cambio más importante afecta al Albacete, que estaba en el quinto puesto y que, tras los 3 puntos del partido frente al Reus, se ha colocado líder.



Como se recordará, el pasado 28 de enero el jues de disciplina de LaLiga dictó resolución definitiva por la que se expulsa al Reus durante 3 años de la competición profesional y se le impone una multa de 250.000 euros. El Juez de Disciplina Social consideró que, a la luz de la documentación obrante en el expediente, ha quedado indudablemente acreditada, mediante las actas de la Comisión Paritaria LaLiga-AFE -y de la Comisión Mixta LaLiga-AFE- y mediante el Informe de Auditoría anudado a ése, la comisión de la conducta tipificada en el art. 69.2.b) de los Estatutos Sociales de LaLiga, esta es: el incumplimiento del Reus de los deberes o compromisos adquiridos -en forma del impago de mensualidades del salario- con sus jugadores, con la gravísima consecuencia adicional de que seis de ellos han tenido que abandonar el Club. Estos hechos probados, que llevan a la comisión de la conducta típica y antijurídica anteriormente señalada, no han sido negados por el Reus en su escrito de alegaciones a la Propuesta de Resolución del Instructor.

Respecto a la compraventa de las acciones del Reus por una sociedad de nacionalidad norteamericana, el Juez de Disciplina Social considera que, si bien es una circunstancia constitutiva de propósitos y condiciones lícitos en sí mismos, configura una operación que, desde el punto de vista de su incidencia en el procedimiento sancionador (que versa sobre hechos efectivamente producidos e infracciones efectivamente cometidas), carece de producir ningún efecto.

Como concluye el Juez de Disciplina Social: "el saneamiento (presunto o real, total o parcial, creíble o no) de una entidad después de haber realizado el hecho infractor y haberse beneficiado de él no puede tener efectos enervadores de la sanción".

Una vez probada la comisión de la infracción, se manifiesta en la Resolución la concurrencia de dos circunstancias esenciales a la hora de graduar la sanción: la especial gravedad de los hechos cometidos (atendiendo a su envergadura y efectos sobre los propios jugadores y la imagen de la competición profesional) y la reincidencia (esto es, haber sido sancionado el Reus, anteriormente y dentro de los plazos legalmente establecidos, en el expediente 2/2017-2018 por la comisión de la infracción muy grave tipificada en el art. 69.2.b, si bien en su vertiente de incumplimientos con el Estado; y mediante Resolución de 11 de abril de 2018 del Comité de Control Económico de LaLiga, por la comisión de la infracción grave del art. 78.bis.3.b) de los Estatutos Sociales de La Liga).

 

Comparte el artículo si te ha gustado
También te puede interesar